El 1 de enero de 2012 entró en vigor el nuevo Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, el cual incluye la posibilidad de que las partes puedan solicitar a un árbitro de emergencia la adopción de medidas cautelares antes de la transmisión del expediente al Tribunal arbitral. Este procedimiento se aplica en todos los arbitrajes administrados bajo el Reglamento de la CCI, salvo que las partes hayan acordado lo contrario. Así pues, con ello se pretende extender el uso de este mecanismo y aumentar la eficacia de los procedimientos arbitrales. Estas páginas constituyen una revisión de dicho procedimiento y de sus reglas desde una perspectiva analítica de las mismas y puestas en comparación con otros reglamentos que disponen de procedimientos similares con el objetivo de intentar anticipar las cuestiones que pueden surgir una vez empiece a aplicarse el procedimiento del árbitro de emergencia.