Las nuevas reglas de arbitraje por la que se rige a partir del día 1 de enero del presente año el procedimiento arbitral de la Cámara de Comercio Internacional, ha tenido diversos objetivos, pero sin duda el más importante es el relacionado con el arbitraje multiparte. La flexibilidad de los reglamentos de arbitraje ha permitido desde sus comienzos a la Corte Internacional hacer frente a las exigencias de cada momento.
La Corte, antes de transmitir el dossier del arbitraje a los árbitros, debe analizar si las demandas arbitrales superan la prueba del «prima facie». Antes la regla general era que la Corte debía aprobarlo en todo caso; hoy, por el contrario, se entiende que son los árbitros los que deben analizar la eficacia de la cláusula arbitral al litigio que se le somete. Hoy, el Secretario General puede cuestionar en los casos que así lo estime conveniente la cobertura arbitral de la contienda.
Las nuevas reglas analizan el supuesto de pluralidad de partes y pluralidad de contratos, así como la posible consolidación de procedimientos arbitrales.
Antes, la Corte procedía a solucionar los problemas del día a día, generando unas prácticas, que eran conocidas por el público a través de publicaciones y conferencias de sus funcionarios. La transparencia es quizá el deseo máximo de los redactores de las nuevas reglas.
Iurgium [previously Spain Arbitration Review]