La cuestión de cuál ley rige el acuerdo arbitral, tradicionalmente, se ha visto reducido a un conflicto entre la ley de la sede arbitral y la ley del contrato. En el pasado, los Tribunales ingleses han utiliado la prueba de elección ímplicita para resolver las diferencias que surgen en la segunda etapa de la prueba (de last res etapas existentes). Esta posición legal ha sido resuelta recientemente por el Tribunal de Apelación de Inglaterra, que invocó el enfoque de elección expresa como método para determinar la ley aplicable. El presente artículo argumenta que el enfoque de elección expresa no es adecuado para resolver la dicotomía entre la ley de la sede arbitral y la ley del contrato, tanto por la intención de las partes en el con¬trato como por consideraciones políticas. En consencuencia, se han propuesto modificaciones adecuadas al marco de elección implícita existente, para garantizar una mayor claridad y certeza en la determinación de la elección de la ley aplicable.