Arbitraje y mercado de valores son el negocio de los comerciantes y, por lo tanto, tenían todas las razones para interactuar para optimizar la resolución de los conflictos derivados de las transacciones bursátiles. Sin embargo, salvo raras excepciones, el arbitraje aún no ha ocupado el lugar que le corresponde en el tratamiento de los litigios bursátiles. En efecto, se han validado los acuerdos de arbitraje en las relaciones entre los participantes del mercado y también se ha consagrado la arbitrabilidad de las controversias derivadas de estas relaciones, así como la arbitrabilidad de las reclamaciones de los inversores del mercado de valores contra el Estado donde se encuentra el mercado sobre la base de los tratados de inversión. Por lo tanto, no existe ningún impedimento de principio para el desarrollo del arbitraje en materia bursátil. Para ello, los centros de arbitraje y los árbitros deberán tener en cuenta las especificidades del arbitraje de conflictos bursátiles.